Debates Teoría

Consenso de la moneda moderna: respuesta a la crítica de Gonzalo Martínez Mosquera

Escrito por Carlos García

Contestación a las críticas de Gonzalo Martínez Mosquera sobre el Consenso de la Moneda Moderna

En primer lugar, agradecer a Gonzalo Martínez Mosquera sus reflexiones sobre mi artículo. Es de agradecer que alguien se tome en serio tus aportaciones y que dedique su tiempo a reflexionar sobre ellas. No obstante, he creído pertinente responder a Gonzalo porque creo que sus reflexiones oscurecen más que aclaran varios puntos del artículo original. Gonzalo comienza su reflexión mediante una cuestión de forma: la TMM no es un régimen político, sino una manera de clarificar el funcionamiento de la economía, por tanto no ha lugar a plantear un consenso dentro de la escuela de la TMM porque dicho consenso se involucraría irremediablemente en cuestiones ideológicas.

Ante esta objeción cabe decir que soy consciente de la neutralidad científica de la TMM. Sin embargo, también es cierto que la TMM no solo contiene un aspecto descriptivo de la realidad económica, sino que también contiene un aspecto prescriptivo. Por eso se incorporan a la TMM aspectos de política económica como el 0% de los tipos de interés o la implantación del TG basado en las reservas de estabilización de empleo (no cualquier tipo de TG, aspecto que creo que Gonzalo no recoge en su reflexión y sobre el que volveré más adelante dado su enorme importancia).

Por consiguiente, dado que la TMM incorpora tanto un aspecto descriptivo como un aspecto prescriptivo de la economía, se podría definir a la TMM como un método para alcanzar el pleno empleo y la estabilidad de precios. Esta caracterización no convierte a la TMM en una ideología, sino más bien en una herramienta al servicio de cualquier movimiento político (de izquierda o derecha) que incorpore al pleno empleo y a la estabilidad de precios entre sus objetivos. A este respecto, he explicitado una propuesta política basada en la TMM a la que he llamado socialismo fiduciario y que he expuesto en dos artículos (que se pueden encontrar aquí y aquí). El socialismo fiduciario es la consecución de los fines del socialismo mediante la TMM. Evidentemente, el socialismo fiduciario no puede formar parte del consenso de la moneda moderna porque habrá quien comparta y quien no sus posiciones ideológicas. No obstante, el socialismo fiduciario es una de las posibles cristalizaciones políticas de la TMM, es decir, es una posible orientación del pleno empleo y la estabilidad de precios.

Una segunda cuestión que creo que Gonzalo no ha interpretado correctamente en mi artículo es el uso modal de los verbos. Así, cuando por ejemplo trato la cuestión de la sustitución de las importaciones, hago referencia a la “capacidad de los Estados para llevar a cabo políticas de sustitución de importaciones si así lo consideran necesario”, y luego trato “la capacidad de los gobiernos de recuperar el control público de cualquier recurso nacional”. Nótese el uso modal de mis palabras. No es que la TMM prescriba la sustitución de importaciones, ni que inste a los gobiernos a recuperar el control público de cualquier recurso natural, sino que les indica que existe un consenso dentro de la TMM de que estas cosas son posibles y viables, en contra del paradigma TINA (there is no alternative) del consenso de Washington.

Una vez aclaradas estas dos cuestiones, abordemos las objeciones a los puntos concretos del consenso de la moneda moderna. En mi opinión, dichas objeciones son fruto de la no inclusión explícita (aunque sí implícita) en el artículo original de dos pilares del consenso de la moneda moderna: la explicación de qué son los planes de trabajo garantizado basados en las reservas de estabilización de empleo (que solo aparecen nombrados en el artículo) y la ley de Mosler (aquella que sostiene que toda crisis financiera puede ser resuelta mediante una bajada suficiente de los impuestos y/o un aumento del gasto público). No incluí estas dos cosas en el artículo original para no convertirlo en un escrito demasiado largo.

Veamos por tanto la primera objeción de Gonzalo, la referida a la posible aparición de presiones inflacionarias producto de cuellos de botella en el acceso a ciertos productos reales, lo cual podría desatar procesos inflacionarios antes de llegar al pleno empleo. Ante esto cabe decir que el TG basado en las reservas de estabilización de empleo parte de un nivel de 0% de desempleo permanente. Es decir, que convierte al pleno empleo en una variable ex ante que no es el resultado del ciclo económico, sino que el ciclo económico se determina a partir de ella. Esto lo hace mediante un salario del TG que sirve de ancla al nivel de precios tanto en periodos de expansión como de recesión económica. Por tanto, la estabilidad de precios es producto del pleno empleo. Esto no significa que en el momento de introducir este tipo de TG no se produzcan ajustes de precios al alza. Estos ajustes se pueden producir, pero solo una vez, no sostenidos en el tiempo, y por tanto no supondrían un proceso inflacionario.

Los cuellos de botella que pueden desatar procesos inflacionarios son los cuellos de botella de materias primas esenciales. En estos casos, la ley de Mosler anteriormente mencionada no es aplicable porque nos encontramos ante una crisis de materias primas, no de carácter financiero. Sobre la aparición de este escenario se me preguntó hace poco en una entrevista que me realizó Chris Williamson. En dicha entrevista, se me preguntó sobre el dilema al que se enfrentó el gobierno de Willson en Inglaterra en 1967, cuando debido a la crisis del petróleo el país entró en una situación de estanflación con aumentos simultáneos del paro y de la inflación.

Mi respuesta fue que ante estos episodios la solución solo puede ser política. En estos casos, el gobierno debería reunir a empresarios y trabajadores en una misma mesa para exigirles sacrificios a ambos. Los empresarios deberían comprometerse a reducir sus expectativas de beneficios manteniendo sus niveles de contratación. Por su parte, los trabajadores deberían comprometerse a no aumentar o incluso reducir sus salarios. A cambio, el gobierno debería garantizar la prioridad absoluta de la resolución de la crisis en su agenda diplomática para acabar lo antes posible con los sacrificios exigidos a los empresarios y trabajadores. Solo así se pueden resolver los cuellos de botella inflacionarios. No obstante, también en estos casos existe un nivel de déficit público compatible con el pleno empleo y la estabilidad de precios. Por tanto, también se cumple el primer punto del consenso de la moneda moderna y el nivel de déficit público correcto es el que garantiza el pleno empleo y la estabilidad de precios (pese a que se consiga tras un acuerdo político entre trabajadores y empresarios).

Pasemos a la segunda objeción. En ella, Gonzalo sostiene que si existe desempleo lo que no debe bajar es el déficit fiscal, no el gasto público. De nuevo hay que recordar que el artículo original propone explícitamente la adopción del TG basado en las reservas de estabilización de empleo, no de cualquier tipo de TG. Por tanto, una disminución del empleo en el sector privado tiene necesariamente que ir acompañado de un aumento del gasto público para aumentar el tamaño del TG. Sin embargo, este aumento del gasto público puede no suponer un aumento del déficit. La disminución del empleo en el sector privado puede, por ejemplo, ir acompañada de un aumento de burbujas especulativas. En ese caso, el gobierno puede optar por reducir el déficit público sin necesidad de reducir su gasto público, ya que podría optar por gravar las actividades especulativas en un montante superior al aumento del gasto público destinado a mantener el TG.

Gonzalo dice a continuación que efectivamente el aumento de los impuestos a los ricos no suele liberar muchos recursos y por tanto puede no ser suficiente para controlar las presiones inflacionarias. Gonzalo tiene razón. Precisamente por eso el artículo original defiende que la recaudación de impuestos debe realizarse fundamentalmente mediante gravámenes a la tierra y a los bienes inmuebles. Esta propuesta maximiza la eficiencia de los impuestos (tanto a ricos como a no ricos) a la hora de modular las presiones inflacionarias porque reduce el fraude fiscal a su mínima expresión y recae sobre todo sobre las clases rentistas y latifundistas. La validez de esta propuesta de Warren Mosler no puede ser puesta en duda desde la perspectiva de la TMM. Es decir, de nuevo nos encontramos con una propuesta cuya validez se cimenta sobre el propio cuerpo teórico de la TMM y por tanto también tiene justificada su espacio dentro del consenso de la moneda moderna.

En el punto 3 de su réplica, Gonzalo vuelve a hacer referencia a las actividades especulativas y dice “creo que es un poco ambiguo y no me queda claro que gravándolas se generaría el desempleo necesario para que el gobierno pudiera gastar si subir los precios”. Si lo que le resulta ambiguo son las actividades especulativas, acabamos de hacer referencia a la principal: la especulación inmobiliaria. Este tipo de especulación (explícitamente recogida en el artículo) llevada a cabo por rentistas y terratenientes asola tanto la economía de España como de Argentina (país de origen de Gonzalo). Por consiguiente, España y Argentina son dos ejemplos de países en los que la propuesta de gravamen a la tierra y a los bienes inmuebles hecho por Mosler tiene especial relevancia. El objetivo sería eliminar eventualmente el resto de impuestos (sobre todo los indirectos) o reducirlos al mínimo.

https://twitter.com/wbmosler/status/1416930077393113093?s=20

Otra actividad altamente especulativa es por supuesto la especulación financiera llevada a cabo sobre todo por los grandes fondos de inversión. Esta actividad también debe ser fuertemente gravada, pero se presta a un mayor fraude fiscal que la especulación inmobiliaria y posiblemente no fuera tan efectiva, aunque como digo sí que sea necesaria. En cualquier caso, no “se generaría el desempleo necesario para que el gobierno pudiera gastar sin subir los impuestos” porque como como he dicho anteriormente no se generaría desempleo en absoluto gracias al TG basado en las reservas de estabilización de empleo.

El siguiente punto en el que Gonzalo dice no estar de acuerdo con mi escrito es el punto 6, dedicado a la sustitución de importaciones. En su crítica, Gonzalo utiliza un estilo maximalista que yo no utilizo en mi propuesta. Yo me limito a apuntar que los estados son capaces si así lo consideran necesario de llevar a cabo políticas de sustitución de importaciones, no que deban hacerlo siempre. Sin embargo, Gonzalo dice que “desde la lógica del TMM no tiene sentido una política de sustitución de importaciones […]”. Esto simplemente no es verdad. Las políticas de sustitución de importaciones han sido públicamente defendidas como un medio de generar empleo por figuras indiscutibles de la TMM como Randall Wray, quien en su libro “Teoría Monetaria Moderna” (página 214) dice: “[Las naciones en vías de desarrollo] pueden llevar a cabo políticas económicas generadoras de empleo y de desarrollo sin con ello aumentar las importaciones (por ejemplo, mediante políticas económicas de sustitución de importaciones)” o Arturo Huerta, quien en el minuto 51 de esta entrevista dice: “Otra opción que he planteado es que, en el momento en el cual el gobierno incrementa el gasto público e instrumentaliza políticas en favor de los efectos multiplicadores internos, puede asegurar cuotas de ganancia en la esfera productiva, entonces la baja tasa de interés no te va a provocar fuertes salidas de capitales sino que vas a ofrecer condiciones de inversión rentables en el sector productivo vía sustitución de importaciones”. Estos son solo dos ejemplos en los que la sustitución de importaciones aparece dentro de la TMM, pero podríamos citar muchos más. No obstante, he escogido estos dos ejemplos porque en ellos la sustitución de importaciones aparece presentada mediante el verbo modal poder. Tal y como digo en el Consenso de la Moneda Moderna, los Estados pueden llevarla a cabo si lo consideran necesario para sus fines, posibilidad que contradice una vez más al Consenso de Washington.

Esto nos lleva al punto 7. Lo dicho en el punto anterior creo que coloca a la crítica de Gonzalo fuera del marco de la TMM cuando dice que “esa sustitución de importaciones empobrece en términos reales a la población por una reducción en la productividad general de la economía”. ¿De verdad? ¿En todos los casos o solo en algunos? Creo que Gonzalo debería explicarnos esto, ya que no conozco los datos que demuestren tan tajante afirmación y como digo la TMM no comparte en absoluto la visión de Gonzalo.

Además, dice sobre el mantenimiento de los sectores estratégicos que hay que “diferenciar entre inversiones reales y nominales”. No estoy de acuerdo. El mantenimiento de los sectores económicos estratégicos no debe depender de inversiones de empresas extranjeras ni en términos reales ni nominales. El estado debe asegurar dicho mantenimiento en todos los aspectos. Esto no significa que las empresas que desempeñen los servicios esenciales tengan que ser públicas. Pueden ser privadas (nacionales o extranjeras) pero el mantenimiento de los servicios esenciales debe estar siempre asegurado por el Estado, de manera que si un servicio fundamental (Gonzalo cita los trenes argentinos) deja de ser prestado por una empresa privada el Estado pueda continuar con el servicio en todo momento. Eso es lo que significa que el mantenimiento de los sectores económicos estratégicos no debe depender de inversiones de empresas extranjeras y de nuevo nos encontramos con que esto es defendido por los principales autores de la TMM en contra de lo defendido por el Consenso de Washington.

Por lo anterior es por lo que digo en el punto 9 que los servicios esenciales deben estar sujetos a una fuerte regulación pública, ya que solo esa fuerte regulación es la que permite que el Estado mantenga los servicios esenciales en todo momento. Sin embargo, también aquí Gonzalo parece no entender el mensaje y dice que “no sé bien a qué se refería esa regulación”. Como digo, las fuertes regulaciones son las que permiten que los servicios esenciales (con empresas privadas extranjeras o sin ellas) estén garantizados, de manera que la prestación del servicio no se interrumpa si una empresa extranjera que presta un servicio esencial se retira de la prestación del servicio.

Por fin llegamos al punto 10, donde Gonzalo dice que la capacidad de los gobiernos de recuperar el control público de cualquier recurso natural “no se opone necesariamente al Consenso de Washington”. Sí que se opone, sí. Es más, uno de los pilares fundamentales del Consenso de Washington es que el tamaño de los sectores públicos siempre debe tender a disminuir, nunca a aumentar. Por tanto, plantear la posibilidad de un aumento de los sectores públicos mediante la renacionalización de empresas que han sido previamente privatizadas sí que contradice de pleno a lo defendido por el Consenso de Washington.

Espero haber podido aclarar las dudas de Gonzalo surgidas a raíz de la publicación del Consenso de la Moneda Moderna. Considero que se trata de un término importante y necesario cuya validez es la validez de la propia TMM. Por supuesto, todo se puede debatir, pero creo que los que creemos que la TMM es un instrumento para lograr un mundo mejor debemos plantear paradigmas que se opongan y aspiren a remplazar a los paradigmas neoliberales imperantes como el Consenso de Washington. En ese contexto es en el que debe entenderse el Consenso de la Moneda Moderna.

Euro delendus est.

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